domingo, 26 de junio de 2011

Bases Legales de la Educacion Especial en Venezuela




Artículos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:


(Artículo 102)la EDUCACIÓN es un “....Derecho Humano, un Deber Social, Democrática, Gratuita y Obligatoria..”, por lo que el Estado la asume como Función Indeclinable de “...máximo interés en Niveles y Modalidades y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La Educación es un servicio público...con la finalidad “de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social, consustanciados con los valores de la identidad nacional y con una visión latinoamericana y universal...” .

Artículo 103 Educación Integral de Calidad, Permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades...”, para todos los venezolanos, siendo “...obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario”, por lo que siendo la Educación Especial, como Modalidad, una variante escolar, en igual extensión es derecho de todos los niños, jóvenes y adultos venezolanos con necesidades especiales y un deber de la Dirección de Educación Especial del Ministerio del Poder Popular para la Educación, garantizarles el acceso, permanencia, prosecución y culminación de estudios.

Artículo 81 “....Toda persona con discapacidad o necesidades especiales, tiene derecho al ejercicio pleno de su personalidad y de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria”.

La Dirección de Educación Especial está estructurada por Áreas de Atención: Retardo Mental, Autismo, Deficiencias Auditivas, Deficiencias Visuales, Dificultades de Aprendizaje e Impedimentos Físicos y Programas de Apoyo: Prevención y Atención Integral Temprana, Lenguaje, Educación y Trabajo e Integración Social. En la instancia estatal funcionan las Coordinaciones de Educación Especial en cada Zona Educativa donde se administra la política. En la instancia local se ejecuta la política educativa, a través de los Planteles y Servicios de la Educación Especial.

La Política de Educación Especial asume un enfoque HUMANISTA SOCIAL que garantiza el derecho a la educación de niños, adolescentes, jóvenes, y adultos con necesidades educativas especiales, el acceso a una educación integral, el respeto a la diversidad en igualdad de condiciones y oportunidades, en un continuo de la atención educativa integral para que participen de manera activa y responsable en los cambios requeridos para el desarrollo del país, a través de un MODELO DE ATENCIÓN EDUCATIVA INTEGRAL, desde temprana edad hasta la adultez, como respuesta a los Derechos Constitucionales. La población con necesidades educativas especiales se atiende de acuerdo a los siguientes grupos etáreos: 0 a 6 años, 6 a 15 años, 15 años y más.

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